El Cóctel de Precios de Transferencia del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT): ¿Una vía práctica para la soberanía en la recaudación de impuestos?

09/03/2021

Carlos Pérez Gómez y Oscar Antonio Salinas López de HLB MAAT Asesores discuten el cóctel Precios de Transferencia del CIAT, que aborda el control de la manipulación abusiva de los Precios de Transferencia.

En estos tiempos de crisis y cambios repentinos, los países buscan medidas innovadoras y efectivas para optimizar su recaudación, incluidas las relacionadas con la tributación internacional y los precios de transferencia (PT), en donde las medidas del Cóctel de PT publicado por el CIAT (ver el “Cóctel de medidas para el control de la manipulación abusiva de los precios de transferencia, con enfoque en el contexto de países de bajos ingresos y en vías de desarrollo”) (Cóctel) pueden ser valiosas. Esta situación es especialmente crítica para los países en vías de desarrollo, como es el caso de la región de América Latina.

La experiencia ha demostrado que la mera implementación del principio de plena competencia como parte de una legislación nacional no garantiza un éxito en su control. Varias administraciones tributarias latinoamericanas, a pesar de haber implementado normas en relación con el principio de plena competencia, actualmente deben superar numerosos obstáculos que provienen de la falta de condiciones idóneas para su correcta aplicación como son: la cultura tributaria y el estado de derecho, la transparencia, la percepción de riesgo, la capacidad gubernamental y el conocimiento técnico.

Si la base tributaria está siendo erosionada principalmente por errores en la fijación de precios de transferencia, los responsables de las políticas tributarias pueden explorar una solución amplia para pasar de una interpretación compleja y subjetiva del principio de plena competencia, a un enfoque más determinado, pero cercano a la plena competencia (impulsado por políticas tributarias), con esto se minimizaría la doble no imposición y se estaría alineado con los tratados de doble tributación firmados.

En este sentido, el Cóctel aborda medidas graduales (tres ingredientes y cinco condimentos) que pueden ser analizadas y consideradas por los países en vías de desarrollo y que deberían permitirles tener un mejor control del régimen de Precios de Transferencia, de acuerdo con sus condiciones particulares y sin la necesidad de contar con un equipo integral de expertos capacitados en la materia.

Los ingredientes del Cóctel son:

  • Primer ingrediente Perspectiva en la aplicación de la “Regla del Mejor Método”.  Dada la complejidad para identificar el mejor método de PT para evaluar una transacción entre empresas relacionadas, así como el uso excesivo de enfoques unilaterales basados en el método del margen neto de la transacción, con una parte analizada doméstica, la propuesta es que la ‘regla del mejor método’ sea aplicada sobre un análisis funcional que pondere tanto los generadores de valor, como los intangibles, así como los gastos relacionados con el Desarrollo, Mejora, Mantenimiento, Protección y Explotación de intangibles (DEMPE por sus siglas en inglés), desde una perspectiva de cadena de valor.
  • Segundo ingrediente: Márgenes de rentabilidad de referencia.  Para ciertas industrias estratégicas, se propone que las Administraciones Tributarias calculen y publiquen ciertos estándares de rentabilidad referenciales desde una óptica financiera y fiscal. La propuesta prevé valores de referencia de actividades rutinarias y no rutinarias a partir de datos proporcionados por los contribuyentes, referencias de comparables externos e información financiera consolidada del grupo multinacional, como parte de un sistema integral de evaluación y percepción de riesgos.
  • Tercer ingrediente: Importación y exportación de materias primas.  En transacciones de materias primas (commodities) donde existan mercados transparentes y reconocidos – un tema sensible para muchos países en vías de desarrollo debido a su importancia económica – el método de PT más apropiado debe ser el Método de Precio Comparable no Controlado (CUP). Sin embargo, varios países han decidido de forma independiente, implementar una regulación más estricta para este tipo de transacciones (el llamado “sexto método”), por lo que el Cóctel proporciona orientación y contexto adicionales, incluso sobre cómo mejorar su administración y control.

Además, los condimentos de cóctel son los siguientes:

  • Primer condimento – Modelo de evaluación de riesgo en materia de precios de transferencia y fiscalización internacional.Dado que los recursos de las Administraciones Tributarias suelen ser limitados, el diseño de procedimientos que permitan identificar de manera sistemática y oportuna los riesgos de manipulación en PT se vuelve crucial. Este condimento constituye una guía ilustrativa para las Administraciones Tributarias sobre cómo abordar este proceso, ya que la administración de riesgos facilita la toma de decisiones como la selección de contribuyentes a auditar, el riesgo de contribuyentes que puedan ser considerados como elegibles para aplicar a regímenes simplificados y la aplicación de medidas preventivas, entre otras.
  • Segundo condimento – Ajuste por mercado geográfico. En virtud de que existen diferentes enfoques para mejorar los estándares de comparabilidad para las transacciones o empresas comparables, principalmente en países en desarrollo al contar con menor cantidad de información doméstica, la propuesta de esta sección abarca el ajuste de ‘riesgo país’ a los activos operacionales, pues se puede aplicar de una manera simple y directa, partiendo del diferencial de rentabilidad de los mercados de capitales entre los territorios o economías en cuestión.
  • Tercer condimento – Doble imposición internacional (acceso a MAP). En este apartado se considera la forma en que las medidas del Cóctel pueden coexistir con los tratados fiscales internacionales y el acceso a los Procedimientos de Acuerdo Mutuo (MAP por sus siglas en inglés). El objetivo de estas medidas es que aseguren efectivamente una justa y oportuna recaudación tributaria en los países, pero al mismo tiempo evitando una obstrucción o retroceso del comercio internacional.
  • Cuarto condimento – Mecanismos alternativos para conciliar posturas entre contribuyente y fisco. Dada la complejidad y subjetividad existente en PT, esta sección explora la implementación de nuevos procedimientos (por ejemplo, mediación u otros mecanismos para resolver controversias fiscales) que permitan a los contribuyentes y Administraciones Tributarias buscar soluciones técnicas de manera consensuada y anticipada cuando surjan diferencias. Se ha demostrado que un entorno cooperativo y transparente es útil y eficaz para estos efectos. 
  • Quinto condimento – Régimen sancionatorio para asegurar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el régimen de precios de transferencia. Esta sección proporciona elementos o propuestas sobre el cumplimiento del régimen de documentación de PT, que permitan a las Administraciones Tributarias obtener información suficiente, relevante, confiable y oportuna de los contribuyentes.

En vista de la limitación de recursos de la región, las Administraciones Tributarias no pueden retrasar la implementación y aplicación de medidas y controles efectivos. En este sentido, es crucial contar con medidas más precisas, sencillas y manejables para que los sectores económicos más relevantes de cualquier país tributen de manera justa y oportuna.

Las propuestas previstas en el Cóctel no constituyen perspectivas rígidas, sino enfoques flexibles sobre cómo abordar problemas conocidos. Esto no significa que las medidas del Cóctel sean fáciles de implementar; sin embargo, su implementación y gestión depende de la intensidad, alcance y prescripción que los gobiernos consideren adecuados, logrando un equilibrio entre la certeza legal del sistema tributario y evitar la doble tributación.

Revisa el artículo original de ITR

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